25 de noviembre en clave fútbol: el Convenio de las futbolistas frente a la violencia de género

El 25 de noviembre no es una fecha más en el calendario. Es el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer: una jornada para poner nombre a las violencias que muchas veces siguen ocultas, también en el deporte, y para recordar que la protección de las deportistas no puede depender solo de la buena voluntad de nadie, sino de derechos concretos, escritos y exigibles.

En el fútbol profesional femenino español, ese marco jurídico ha dado un paso importante con el II Convenio Colectivo para las futbolistas que prestan sus servicios en clubes de la Primera División Femenina de Fútbol, firmado en enero de 2025 y publicado en el BOE el 25 de abril de 2025. No es únicamente un texto sobre salarios, primas o vacaciones: incorpora obligaciones claras en materia de salud, igualdad y protección frente a la violencia y el acoso, alineadas con los estándares de la legislación laboral e igualitaria española y europea.

El corazón de esa conexión con el 25N está en el artículo 44, titulado «Medidas en caso de situaciones de violencia de género sufridas por las Futbolistas Profesionales». El convenio reconoce expresamente que una jugadora puede ser víctima de violencia de género y obliga a las partes a activar medidas de protección laborales cuando eso sucede. Entre esas medidas se prevén, por ejemplo, la adecuación del horario dentro de las posibilidades organizativas del club, la posible ayuda económica para la atención de la víctima y de sus hijas e hijos, y el apoyo psicológico a través de los servicios médicos del club o de los que este designe. No son favores: son compromisos convencionales que introducen la violencia de género en la agenda real de la gestión de plantillas.

Este enfoque no aparece aislado. El artículo 13 obliga a los clubes a realizar un reconocimiento médico anual a todas las futbolistas, “con perspectiva de género”, prestando especial atención a patologías vinculadas a la especificidad de la práctica deportiva de alto rendimiento. El artículo 14, por su parte, exige un plan de prevención de riesgos laborales que atienda de forma específica a la protección de la maternidad y la salud mental de las futbolistas. Es decir, el convenio entiende la salud de las jugadoras –física, mental y social– como un eje estructural, no como un apéndice.

A todo ello se suma el Protocolo de actuación para la prevención del acoso moral, sexual y/o por razón de sexo, incorporado en el propio convenio. En su preámbulo se reconoce la necesidad de prevenir y erradicar conductas discriminatorias, contrarias a la libertad sexual, a la identidad de género y a la integridad moral, en línea con la normativa nacional, europea e internacional, incluyendo el Convenio núm. 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo. El protocolo despliega un catálogo amplio: define los distintos tipos de acoso, extiende su ámbito a vestuarios, viajes, concentraciones y comunicaciones digitales (incluido el ciberacoso) y articula un procedimiento con comisión instructora, medidas de protección y consecuencias disciplinarias.

Ese mismo texto proclama una política de “tolerancia cero” frente al acoso moral, sexual, por razón de sexo/género, orientación sexual, identidad o expresión de género, y se complementa con un bloque específico de medidas frente a la discriminación y la violencia contra las personas LGTBI. Los clubes se comprometen a formar a sus plantillas, implantar protocolos frente al acoso y la violencia LGTBIfóbica y sancionar los comportamientos que atenten contra la libertad sexual o la dignidad de las personas trabajadoras. No se trata solo de reaccionar cuando “hay un caso”, sino de construir entornos seguros desde la prevención, la formación y la cultura interna.

En un día como hoy, 25 de noviembre, este II Convenio Colectivo nos recuerda que la lucha contra la violencia contra las mujeres también se juega en los despachos: en una cláusula que permite flexibilizar el horario de una jugadora que está denunciando, en un protocolo que la protege de represalias, en un servicio psicológico que no se cuestiona si “esto es cosa privada” o no. El reto, a partir de ahora, es hacer que estos artículos se apliquen de verdad: que clubes, ligas, sindicatos y jugadoras los conozcan, los integren en sus protocolos internos y los utilicen cuando hagan falta. Porque en el fútbol femenino profesional, como en toda la sociedad, la eliminación de la violencia contra las mujeres empieza por reconocerla, darle respuesta y no dejar nunca sola a quien la sufre.

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