Con la última ventana FIFA del 2025 en marcha -la última antes del sorteo del Mundial 2026-, el debate sobre la liberación de jugadores vuelve a ocupar titulares. Detrás de cada convocatoria internacional existe un entramado jurídico que regula las relaciones entre clubes, futbolistas y asociaciones nacionales. El Anexo I del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA es la norma que establece las reglas del juego en esta materia y de la que extraeremos algunas cuestiones interesantes ligadas a las convocatorias de las selecciones nacionales.
¿Es obligatoria la liberación de jugadores?
Sí. De acuerdo con el artículo 1 del Anexo I del RETJ, los clubes están obligados a liberar a sus jugadores cuando son convocados por su asociación nacional, siempre que se trate de partidos incluidos en el calendario internacional publicado por la FIFA o en competiciones oficiales como el Mundial, la Copa Confederaciones o los torneos continentales de selecciones “A”. Además, los jugadores deben aceptar la convocatoria y no pueden pactar con su club cláusulas contractuales que les prohíban acudir a su selección.
Ahora bien, esta obligación tiene límites. Solo aplica para las selecciones absolutas, no para las categorías juveniles (sub-19, sub-21, etc.), y únicamente durante los periodos de liberación fijados -habitualmente de nueve días- en los que las selecciones pueden disputar hasta dos partidos, dejando dos días naturales de descanso entre ambos. También se establece que el futbolista debe reincorporarse a su club en un máximo de 24 horas tras su último encuentro (48 si regresa desde otra confederación).
El procedimiento de convocatoria: plazos y requisitos
Las asociaciones nacionales no pueden improvisar. El RETJ exige un procedimiento claro: la convocatoria debe realizarse por escrito al menos 15 días naturales antes del inicio del periodo de liberación. Además, deben notificar al club el itinerario del jugador con al menos 10 días de antelación. La solicitud debe dirigirse tanto al jugador como a su club, con copia a la federación del país del club, para garantizar transparencia y trazabilidad.
Antes de emitir la convocatoria, la asociación debe verificar que el jugador es “elegible” para representar al país conforme a las normas sobre nacionalidad y cambio de federación. En caso de incumplimiento de estos requisitos formales -por ejemplo, enviar la notificación fuera de plazo o a un destinatario incorrecto-, el club puede oponerse a la liberación del jugador.

¿Qué ocurre si un club o jugador se niega a la liberación?
La negativa injustificada de un club o jugador a cumplir con una convocatoria válida activa la intervención de la FIFA. Según el artículo 6 del Anexo I, la asociación nacional puede solicitar la asistencia de la FIFA siempre que haya intentado previamente resolver el conflicto a nivel local y que presente la reclamación con al menos cinco días de antelación al partido.
Si se confirma la infracción, la Comisión Disciplinaria de la FIFA puede imponer sanciones en virtud del Código Disciplinario. Además, conforme al artículo 5 del Anexo I, el jugador que se niegue a acudir quedará inelegible para jugar con su club durante el periodo de liberación y los cinco días posteriores, salvo que la asociación convocante autorice lo contrario. Si el club lo alinea en ese tiempo, podría enfrentarse a sanciones deportivas y disciplinarias graves.
Sin compensación, pero con obligaciones
Un punto que suele generar debate es el económico. Los clubes no tienen derecho a compensación por liberar a sus jugadores, aunque sí deben contar con un seguro médico y de accidentes que cubra el periodo de convocatoria. Por su parte, las asociaciones nacionales están obligadas a asumir los gastos de viaje y a garantizar que los jugadores regresen puntualmente a sus clubes.
El RETJ contempla que los jugadores lesionados puedan ser eximidos de la convocatoria, pero la asociación tiene derecho a verificar la lesión mediante un examen médico propio. En caso de controversia sobre el estado físico del futbolista, la transparencia y la cooperación entre club y federación son esenciales para evitar conflictos mayores.
En definitiva, la regulación FIFA busca equilibrar los intereses de clubes -que protegen sus inversiones y planificación deportiva- y asociaciones -que velan por su derecho a contar con los mejores futbolistas-. Sin embargo, el respeto a los plazos, la comunicación efectiva y la buena fe entre las partes son claves para evitar sanciones y proteger la integridad de las competiciones.
Con la vista puesta en el Mundial 2026, esta ventana FIFA de noviembre no solo sirve para afinar tácticas, sino también para recordar que el derecho deportivo es el verdadero árbitro fuera del campo. Conocer y aplicar correctamente el Anexo I del RETJ no solo es una cuestión técnica, sino un compromiso con la equidad y el respeto institucional que sostiene al fútbol global.



