Del 15 de junio al 13 de julio de 2025, se celebrará la primera edición ampliada del Mundial de Clubes FIFA en Estados Unidos con 32 equipos participantes. Esta competición trae consigo no solo un nuevo formato deportivo, sino también disposiciones legales excepcionales que afectan de forma directa al mercado de fichajes y a los derechos contractuales y federativos de los jugadores y clubes involucrados.
En este análisis, detallamos las principales excepciones al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA (RETJ) y las condiciones particulares para inscripciones extraordinarias, con base en el Reglamento del Mundial de Clubes FIFA 2025, en particular sus artículos 22, 23 y 24.
🗓️ Del 1 al 10 de junio de 2025: Periodo extraordinario de inscripciones
🔹 Excepción al artículo 6.2 del RETJ (Artículo 22.4 del Reglamento del Mundial)
“Las federaciones miembro de los clubes participantes en la competición tendrán la posibilidad de establecer, de forma excepcional, un periodo de inscripción adicional del 1 al 10 de junio de 2025.”
- FIFA confirmó el 21 de mayo que las federaciones miembro de los clubes participantes han implementado este periodo de inscripción adicional.
- La RFEF en España ha habilitado esta ventana para que sus clubes clasificados (Real Madrid y Atlético de Madrid) puedan inscribir jugadores.
- Esta medida permite registrar incorporaciones fuera del mercado habitual sin vulnerar el principio de integridad de la competición, siempre que se respeten los requisitos del RETJ.
📊 Excepciones regulatorias clave
1. Excepción al artículo 5.4 del RETJ – Número de participaciones en temporada (Art. 22.3)
“Los partidos de la competición no se computarán en el límite de inscripciones aplicables estipuladas en el art. 5.4 del RETJ.”
- Según el RETJ, un jugador no puede jugar partidos oficiales con más de dos clubes en una misma temporada.
- Excepcionalmente, los partidos del Mundial de Clubes no contarán para este límite, lo que permite que jugadores que hayan actuado ya con dos clubes puedan ser inscritos por un tercero exclusivamente para este torneo.
Ejemplo práctico: Un jugador que jugó la primera mitad de temporada con un club europeo, y luego fue transferido a un club sudamericano, podría aún participar en el Mundial de Clubes con un tercer club, sin vulnerar el RETJ.
2. Excepción al anexo 1, arts. 1 y 2 del RETJ – Cesión a selecciones nacionales (Art. 22.5)
“Durante la competición, no es obligatorio que los clubes cedan a sus jugadores a los equipos representantes del país para los que pueden ser convocados.”
- Esta excepción permite a los clubes retener a sus jugadores durante el Mundial de Clubes incluso si son convocados por sus selecciones nacionales para otros compromisos coincidentes.
- Se mantiene, sin embargo, la obligatoriedad de cesión en el periodo internacional oficial del 2 al 10 de junio, lo cual genera una situación crítica:
Los clubes deben ceder a sus internacionales justo durante la ventana de fichajes FIFA (1-10 junio), lo que puede dificultar los plazos de inscripción o incluso el inicio de los entrenamientos con nuevos fichajes.

🔁 Modificaciones de plantilla durante la competición: 27 de junio – 3 de julio
Artículo 24.3: Cambios en la lista definitiva
Durante este periodo intermedio, los clubes podrán realizar hasta seis cambios en la lista definitiva, bajo estas condiciones:
- Sustituir jugadores cuyo contrato haya vencido naturalmente durante el torneo (30 de junio).
- Añadir un máximo de dos jugadores nuevos, que no contarán en el límite de 35 jugadores ya inscritos.
- Los jugadores añadidos deben estar correctamente inscritos en el club según el RETJ y la normativa de la federación correspondiente.
- Los cambios deben ser notificados formalmente a FIFA con al menos 48 horas de antelación al siguiente partido que deba disputar el equipo.
- No podrán añadirse más de 6 jugadores en total en esta fase.
Artículo 24.4: Sustitución de porteros por lesión
- En caso de lesión grave o enfermedad de un guardameta, este podrá ser sustituido en cualquier momento por otro portero, incluso si no estaba en la lista definitiva.
- Requiere:
- Informe médico detallado.
- Aprobación de la Comisión Médica de FIFA.
- Devolución de la acreditación del guardameta sustituido.
🛑 Restricciones Finales
- Ningún jugador podrá figurar en la lista definitiva de más de un club participante (art. 24.8).
- Todos los jugadores deberán acreditar identidad con pasaporte vigente (art. 24.7).
- Los clubes podrán tener solo 29 personas del staff en banquillo, según la lista definitiva enviada junto con la de jugadores (art. 24.6).
⚖️ Conclusión: Equilibrio entre flexibilidad y seguridad jurídica
Este sistema de excepciones y plazos extraordinarios supone un reto jurídico-operativo para clubes, federaciones y asesores legales. Por un lado, otorga flexibilidad reglamentaria para ajustar plantillas en un torneo de calendario atípico. Por otro, impone condiciones precisas que, si no se cumplen, pueden derivar en sanciones, inelegibilidades o incluso descalificaciones. En definitiva, los clubes deberán contar con una planificación legal minuciosa y coordinación estrecha con sus federaciones.